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Operativo de control y aprehensión en La Zona Reservada de Seguridad

En operativo de control realizado el día de ayer 23 de noviembre de 2019, encabezado por La Secretaría Técnica del Comité de Prevención de Asentamientos Humanos Irregulares (STCPAHI), en conjunto con la Policía  Nacional Ecuador y Fuerzas Armadas del Ecuador, con la finalidad de impedir nuevas invasiones en el sector declarado como Zona Reservada de Seguridad, Canal Trasvase Santa Elena; miembros de la Policía Judicial procedieron a la aprehensión de 8 ciudadanos que se encontraban realizando remoción del suelo con maquinarias y a 4 personas levantando estructuras dentro de los 150 metros del Canal Trasvase, zona declarada de seguridad.

Esta mañana funcionarios de la Secretaría Técnica asistieron a la Audiencia de Calificación de Flagrancia, diligencia en la que la Fiscalía formuló cargos en contra de los 12 detenidos por el presunto cometimiento del delito establecido en el artículo 351 del Código Orgánico Integral Penal, esto es  Infiltración en Zona Reservada de Seguridad.

La Jueza de Flagrancia otorgó medidas sustitutivas a los procesados para lo cual deberán presentarse todos los viernes a firmar su comparecencia y la prohibición de salida del país.

Cabe citar lo establecido en el Art. 351 del Código Integral Penal en concordancia con el Art. 201 del mismo cuerpo legal que establecen: Art. 351.- Infiltración en las Zonas de Seguridad.- La persona que se introduzca injustificadamente en zonas de seguridad, cuyo acceso al público ha sido prohibida, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años. Art. 201.- Ocupación, uso ilegal de suelo o tráfico de tierras.- La persona que para obtener provecho propio o de terceros, promueva u organice la ocupación o asentamiento ilegal en terrenos ajenos, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

El máximo de la pena se impondrá a la persona que sin contar con las autorizaciones administrativas necesarias de fraccionamiento de un predio urbano o rural ofrezca en venta lotes o parcelas de terreno del predio y reciba del público, directa o indirectamente, dinero o cualquier otro bien de su patrimonio. Si se determina responsabilidad penal de la persona jurídica, será sancionada con la extinción y multa de cien a doscientos salarios básicos unificados del trabajador en general.

Se informa a la ciudadanía que las personas que ingresen a las zonas declaradas como Reservadas de Seguridad a realizar construcciones ilegales u otra actividad sin contar con las  autorizaciones de las Fuerzas Armadas del Ecuador, serán sancionadas con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.