Saltar al contenido principal

1.- ¿ Quienes pueden realizar denuncias ?

Todas las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos mayores de dieciocho (18) años, que tengan inconvenientes con; tráfico de tierras, invasión de predios en algún sitio determinado, además pueden poner denuncias de manera anónima con la finalidad de prevenir y erradicar el tráfico de tierras y delitos conexos.

2.- ¿Qué debe contener una denuncia?

-Generales de la Ley
-Nombres completos
-Nacionalidad
-Estado civil
-Profesión
-Número de Cédula
-Relación exacta de los hechos
-No es necesario el patrocinio de un abogado
-Correo electrónico
-Dirección domiciliaria

3.-¿Cómo demuestra ser propietario de un bien?
Con el justo título de propiedad, sea por medio de una escritura de compraventa de donación o resolución administrativa de adjudicación debidamente inscrita ante el registro de la propiedad de cada cantón.

4.- ¿A que conocemos como justo título de propiedad?
De tipo oneroso en este caso la escritura

5.-¿Qué es un Posesionario?

Morador con edificación o estructura en el ejercicio del derecho de posesión en el sector.

6.- ¿Qué es un Postulante?
Son los moradores con edificación o estructura en el ejercicio de derecho de posesión dentro del polígono de la ley 88, que consta en la base de datos geo- referenciada y fotografía aérea del instituto Geográfico Militar , fecha 28 de marzo del 2017 , que podría recibir adjudicación en el caso de Monte Sinaí.